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Echar cuentas Fiscal

Impuesto de sucesiones en Illes Balears

Un hijo que hereda 200.000,00 € paga 0,00 € en Illes Balears. Sin régimen autonómico serían 28.250,01 €: la diferencia son 28.250,01 €, y de eso va esta página.

La herencia

Es el mismo impuesto, pero no las mismas reglas: en una donación no hay reducción por parentesco, y eso lo cambia todo.

Donde tuviera su residencia habitual, no donde vivas tú ni donde esté el piso. Es lo que más cambia el resultado, con diferencia.

Tu parte, no el total del caudal. Si sois tres hermanos a partes iguales, un tercio.

Los cuatro grupos del artículo 20. Decide la reducción, el coeficiente y si hay bonificación: es el segundo dato que más pesa.

Algunas comunidades reparten el grupo II: Cataluña da la mitad al nieto que al hijo, y bonifica al cónyuge aparte.

Lo que ya tenías. Sí, este impuesto mira eso: por encima de unos 403.000 € la cuota se multiplica por más.

Tu parte de la que era su vivienda habitual. Reduce el 95 % o más, con tope, y obliga a conservarla unos años.

Lo que cobres como beneficiario de una póliza. Tiene su propia reducción, con un tope bajo.

El tuyo, no el del fallecido. Suma una reducción propia que en algunas comunidades pasa de 500.000 €. Los tramos no son iguales en todas: solo Extremadura corta en el 50 %.

01

Lo que paga cada parentesco en Illes Balears

Cuota sobre 200.000,00 € heredados con 50.000,00 € de patrimonio propio, sin vivienda habitual ni seguro. La última columna es lo que se pagaría sin régimen autonómico.
Grupo Quién En Illes Balears Sin régimen propio
I Hijo o nieto menor de 21 0,00 € 21.661,98 €
II Hijo de 21 o más, cónyuge, padre 0,00 € 28.250,01 €
III Hermano, sobrino, tío, suegro 38.016,35 € 47.554,26 €
IV Primo, o cualquier otra persona 53.754,00 € 63.281,69 €

Los grupos I y II son los que se benefician de la normativa de Illes Balears. En los grupos III y IV la rebaja es mucho menor o inexistente, que es el patrón de todas las comunidades: el impuesto se ha vaciado para la familia directa y sigue vivo para el resto.

02

Las reducciones de Illes Balears

Reducciones de la base imponible en Illes Balears, frente a las estatales del artículo 20.2.
Reducción Illes Balears Estatal
Grupo I (menor de 21) 25.000,00 € + 6250,00 € por año 15.956,87 € + 3.990,72 € por año
Grupo II 25.000,00 € 15.956,87 €
Grupo III 8000,00 € 7993,46 €
Discapacidad desde el 33 % 48.000,00 € 47.858,59 €
Discapacidad desde el 65 % 300.000,00 € 150.253,03 €
Vivienda habitual 100 %, tope 270.151,20 € 95 %, tope 122.606,47 €
Seguro de vida tope 12.000,00 € tope 9195,49 €
03

La escala de Illes Balears

Escala del impuesto en Illes Balears: 16 tramos, del 7,65 % al 34 %.
Base liquidable desde Tipo
0,00 € 7,65 %
8000,00 € 8,5 %
16.000,00 € 9,35 %
24.000,00 € 10,2 %
32.000,00 € 11,05 %
40.000,00 € 11,9 %
48.000,00 € 12,75 %
56.000,00 € 13,6 %
64.000,00 € 14,45 %
72.000,00 € 15,3 %
80.000,00 € 16,15 %
120.000,00 € 18,7 %
160.000,00 € 21,25 %
240.000,00 € 25,5 %
400.000,00 € 29,75 %
800.000,00 € 34 %
Coeficientes multiplicadores según el patrimonio que ya tenía el heredero.
Patrimonio desde Grupos I y II Grupo III consanguíneo Grupo III por afinidad Grupo IV
0,00 € 1,0000 1,2706 1,6575 1,7000
400.000,00 € 1,0500 1,3341 1,7000 1,7850
2.000.000,00 € 1,1000 1,3977 1,7850 1,8700
4.000.000,00 € 1,2000 1,5247 1,9550 2,0400

Y fíjate en las dos columnas del grupo III: Illes Balears separa a los colaterales por consanguinidad —hermanos, sobrinos, tíos— de los parientes por afinidad —suegros, yernos, cuñados—. Un afín multiplica su cuota por 1,66 donde un hermano la multiplica por 1,27, y eso son cientos o miles de euros de diferencia por un parentesco que casi nadie distingue.

04

La bonificación de la cuota

Illes Balears bonifica el 100 % de la cuota para los grupos I y II. Se aplica al final, sobre lo que salga después de la escala y del coeficiente, así que funciona igual en herencias pequeñas que en grandes.

Baleares aprueba además una escala específica para los grupos I y II, pero da igual cuál se aplique: la bonificación de esos grupos es del 100 % y la cuota queda en cero de todas formas. Sí exige consignar en la escritura el valor de los inmuebles, sin pasar del valor de referencia incrementado en un 20 %.

Todas las cifras de esta página salen del capítulo IV del libro Tributación Autonómica. Medidas 2026 del Ministerio de Hacienda, actualizado a 29/04/2026, que cita el artículo de la norma de Illes Balears en cada medida. El régimen estatal con el que se compara es la Ley 29/1987.

05

Comparado con las otras comunidades

Cuota de un hijo mayor de 21 años que hereda 200.000,00 €, en las comunidades ya verificadas.
Comunidad Cuota
Illes Balears 0,00 €
Andalucía 0,00 €
Aragón 0,00 €
Asturias 0,00 €
Canarias 26,73 €
Cantabria 0,00 €
Castilla-La Mancha 1412,50 €
Castilla y León 0,00 €
Cataluña 3825,00 €
Extremadura 0,00 €
Galicia 0,00 €
Madrid 282,21 €
Murcia 282,50 €
Comunitat Valenciana 124,88 €

La comparación completa, con los cuatro grupos de parentesco y el régimen estatal, está en la página general del impuesto, junto a la explicación de los cuatro pasos del cálculo.

06

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga de sucesiones en Illes Balears?

Con 200.000,00 € heredados por un hijo mayor de 21 años y 50.000,00 € de patrimonio propio, la cuota en Illes Balears es de 0,00 €. Sin el régimen autonómico se pagarían 28.250,01 €, o sea que Illes Balears ahorra 28.250,01 € en ese caso. Para un hermano la cuota sube a 38.016,35 €, porque las rebajas se concentran en los parientes más cercanos.

¿Qué reducción por parentesco aplica Illes Balears?

25.000,00 € para el grupo II —hijos de 21 o más, cónyuge y ascendientes—, frente a los 15.956,87 € del régimen estatal. Para el grupo III son 8000,00 € y el grupo IV no tiene reducción por parentesco en ninguna comunidad.

¿Tiene Illes Balears su propia escala?

Illes Balears usa tipos iguales a los estatales, así que la escala no es lo que la distingue: lo son sus reducciones y su bonificación.

¿Se paga aunque no salga cuota?

La declaración hay que presentarla igual, en seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se pide dentro de los cinco primeros. Es un impuesto de autoliquidación: no llega ninguna carta avisando, y las reducciones y bonificaciones no se aplican solas.