Impuesto de sucesiones en Galicia
Un hijo que hereda 200.000,00 € paga 0,00 € en Galicia. Sin régimen autonómico serían 28.250,01 €: la diferencia son 28.250,01 €, y de eso va esta página.
Lo que paga cada parentesco en Galicia
| Grupo | Quién | En Galicia | Sin régimen propio |
|---|---|---|---|
| I | Hijo o nieto menor de 21 | 0,00 € | 21.661,98 € |
| II | Hijo de 21 o más, cónyuge, padre | 0,00 € | 28.250,01 € |
| III | Hermano, sobrino, tío, suegro | 41.814,68 € | 47.554,26 € |
| IV | Primo, o cualquier otra persona | 63.281,69 € | 63.281,69 € |
Los grupos I y II son los que se benefician de la normativa de Galicia. En los grupos III y IV la rebaja es mucho menor o inexistente, que es el patrón de todas las comunidades: el impuesto se ha vaciado para la familia directa y sigue vivo para el resto.
Las reducciones de Galicia
| Reducción | Galicia | Estatal |
|---|---|---|
| Grupo I (menor de 21) | 1.000.000,00 € + 100.000,00 € por año | 15.956,87 € + 3.990,72 € por año |
| Grupo II | 1.000.000,00 € | 15.956,87 € |
| Grupo III | 25.000,00 € | 7993,46 € |
| Discapacidad desde el 33 % | 150.000,00 € | 47.858,59 € |
| Discapacidad desde el 65 % | 300.000,00 € | 150.253,03 € |
| Vivienda habitual | 100 %, tope 600.000,00 € | 95 %, tope 122.606,47 € |
| Seguro de vida | tope 9195,49 € | tope 9195,49 € |
En Galicia el 100 % con tope de 600.000 € es el del cónyuge. Para descendientes, ascendientes y colaterales mayores de 65 años el porcentaje baja según el valor del inmueble —empieza en el 99 % hasta 150.000 €—, así que su reducción real puede ser menor que la aplicada aquí. Con un millón de euros de reducción por parentesco, la diferencia rara vez cambia el resultado.
La escala de Galicia
| Base liquidable desde | Tipo |
|---|---|
| 0,00 € | 7,65 % |
| 7993,46 € | 8,5 % |
| 15.980,91 € | 9,35 % |
| 23.968,36 € | 10,2 % |
| 31.955,81 € | 11,05 % |
| 39.943,26 € | 11,9 % |
| 47.930,72 € | 12,75 % |
| 55.918,17 € | 13,6 % |
| 63.905,62 € | 14,45 % |
| 71.893,07 € | 15,3 % |
| 79.880,52 € | 16,15 % |
| 119.757,67 € | 18,7 % |
| 159.634,83 € | 21,25 % |
| 239.389,13 € | 25,5 % |
| 398.777,54 € | 29,75 % |
| 797.555,08 € | 34 % |
| Patrimonio desde | Grupos I y II | Grupo III | Grupo IV |
|---|---|---|---|
| 0,00 € | 1,0000 | 1,5882 | 2,0000 |
| 402.678,11 € | 1,0000 | 1,6676 | 2,1000 |
| 2.007.380,43 € | 1,0000 | 1,7471 | 2,2000 |
| 4.020.770,98 € | 1,0000 | 1,9059 | 2,4000 |
Ojo, porque Galicia tiene dos escalas: la de arriba es la que se aplica a los grupos III y IV, y para los grupos I y II hay otra propia, de 5 % a 18 %, mucho más suave. La calculadora aplica la que toca según tu parentesco.
La bonificación de la cuota
Galicia bonifica el 99 % de la cuota, pero solo al grupo I: los descendientes menores de 21 años. Al grupo II —hijos mayores, cónyuge y ascendientes— no le bonifica nada.
Eso no significa que el grupo II pague más aquí que en otras comunidades: significa que Galicia lo alivia por el otro camino, con una reducción de la base de 1.000.000,00 €. El resultado se parece —una herencia normal de padres a hijos sale a cero— pero el mecanismo no es el mismo, y se nota en las herencias grandes: una reducción tiene tope y una bonificación es un porcentaje de lo que salga.
Galicia reduce además el 100 % de la base a quien tenga un grado de discapacidad del 65 % o más y esté en los grupos I o II, siempre que su patrimonio preexistente no pase de 3.000.000 €. Ese caso no se aplica aquí, así que si es el tuyo tu cuota es cero.
Todas las cifras de esta página salen del capítulo IV del libro Tributación Autonómica. Medidas 2026 del Ministerio de Hacienda, actualizado a 29/04/2026, que cita el artículo de la norma de Galicia en cada medida. El régimen estatal con el que se compara es la Ley 29/1987.
Comparado con las otras comunidades
| Comunidad | Cuota |
|---|---|
| Galicia | 0,00 € |
| Andalucía | 0,00 € |
| Aragón | 0,00 € |
| Asturias | 0,00 € |
| Illes Balears | 0,00 € |
| Canarias | 26,73 € |
| Cantabria | 0,00 € |
| Castilla-La Mancha | 1412,50 € |
| Castilla y León | 0,00 € |
| Cataluña | 3825,00 € |
| Extremadura | 0,00 € |
| Madrid | 282,21 € |
| Murcia | 282,50 € |
| Comunitat Valenciana | 124,88 € |
La comparación completa, con los cuatro grupos de parentesco y el régimen estatal, está en la página general del impuesto, junto a la explicación de los cuatro pasos del cálculo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga de sucesiones en Galicia?
Con 200.000,00 € heredados por un hijo mayor de 21 años y 50.000,00 € de patrimonio propio, la cuota en Galicia es de 0,00 €. Sin el régimen autonómico se pagarían 28.250,01 €, o sea que Galicia ahorra 28.250,01 € en ese caso. Para un hermano la cuota sube a 41.814,68 €, porque las rebajas se concentran en los parientes más cercanos.
¿Qué reducción por parentesco aplica Galicia?
1.000.000,00 € para el grupo II —hijos de 21 o más, cónyuge y ascendientes—, frente a los 15.956,87 € del régimen estatal. Para el grupo III son 25.000,00 € y el grupo IV no tiene reducción por parentesco en ninguna comunidad.
¿Tiene Galicia su propia escala?
Galicia usa tipos iguales a los estatales, así que la escala no es lo que la distingue: lo son sus reducciones y su bonificación.
¿Se paga aunque no salga cuota?
La declaración hay que presentarla igual, en seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se pide dentro de los cinco primeros. Es un impuesto de autoliquidación: no llega ninguna carta avisando, y las reducciones y bonificaciones no se aplican solas.