Calculadora de indemnización por despido
Pon tus fechas y tu salario y verás el importe al momento. Si llevas en la empresa desde antes del 12 de febrero de 2012, el cálculo reparte tu antigüedad entre los dos regímenes que fija la ley y te enseña el desglose.
Cuántos días por año corresponden
- Despido improcedente
- 33 días por año · máximo 24 mensualidades
- Tiempo anterior al 12/02/2012
- 45 días por año · máximo 42 mensualidades
- Despido objetivo o colectivo
- 20 días por año · máximo 12 mensualidades
- Fin de contrato temporal
- 12 días por año · sin tope
Fuente: artículos 49.1.c, 53.1.b y 56.1 del Estatuto de los Trabajadores y su disposición transitoria 11.ª. Una mensualidad son treinta días de salario.
Qué no entra en este cálculo
El finiquito va aparte, y se cobra aunque el despido sea procedente: tienes su propia calculadora de finiquito. Tampoco están los salarios de tramitación, que solo proceden en algunos casos, ni las mejoras que pueda reconocer tu convenio colectivo, que a menudo son mejores que el mínimo legal.
El importe que ves es bruto, y sale de aplicar las reglas generales del Estatuto a los datos que has introducido. Si tu empresa te ofrece otra cifra, esta te sirve de referencia inicial para comparar. Lo exigible de verdad puede depender del convenio, del salario regulador, de una antigüedad discutida, del tipo real de extinción, de pactos o de que el despido sea improcedente o nulo, y eso hay que revisarlo con alguien.
Casos en los que la respuesta cambia
La cifra de arriba vale para el caso general. Hay situaciones en las que la ley responde otra cosa, a veces que no hay indemnización en absoluto.
- Despido en periodo de prueba
- Ninguna indemnización. Durante el periodo de prueba el contrato se puede resolver sin causa, sin preaviso y sin compensación.
- Despido nulo
- Ninguna indemnización: readmisión obligatoria en tu puesto, y la empresa te paga todos los salarios que dejaste de cobrar desde el despido.
- Despido estando embarazada
- Si el despido se declara nulo no cobras indemnización: la empresa está obligada a readmitirte y a pagarte los salarios que dejaste de percibir.
- Despido estando de baja médica
- Depende del móvil. Si se acredita que te despidieron por tu enfermedad, el despido es nulo y toca readmisión. Si no, se califica como cualquier otro: 33 días por año si es improcedente.
- Despido de un fijo-discontinuo
- Los mismos días por año que cualquier indefinido, pero contados solo sobre el tiempo de servicios efectivamente prestados: los periodos de inactividad entre campañas no suman.
- Despido colectivo (ERE)
- Veinte días de salario por año con un máximo de doce mensualidades, igual que en un despido objetivo individual. Lo que cambia es el procedimiento, y su incumplimiento tiene consecuencias.
- Incapacidad permanente y extinción del contrato
- Lo importante aquí no es cuánto cobras, sino que puedes conservar el empleo: tienes diez días naturales para pedir por escrito seguir en la empresa, y ella tres meses para adaptarte el puesto o buscarte otro.
- Despido de un representante de los trabajadores
- La misma indemnización que en cualquier despido improcedente, pero eliges tú entre cobrarla o volver a tu puesto. Y en los dos casos cobras además los salarios de tramitación.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me corresponde por un despido improcedente?
Treinta y tres días de salario por año trabajado, con un máximo de veinticuatro mensualidades. Si firmaste el contrato antes del 12 de febrero de 2012, el tiempo anterior a esa fecha computa a razón de cuarenta y cinco días por año.
¿Por qué se parte mi antigüedad en dos tramos?
Porque la reforma laboral de 2012 bajó la indemnización de cuarenta y cinco a treinta y tres días por año, pero no con efecto retroactivo. La disposición transitoria 11.ª del Estatuto de los Trabajadores manda calcular cada periodo con su propio ritmo y sumarlos.
¿Los periodos de menos de un año se reparten por días o por meses?
Por meses. La ley dice «prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año», y el Tribunal Supremo ha precisado que los días que sobran del último mes completo cuentan como un mes entero. Un solo día de contrato ya devenga un mes.
¿El finiquito entra en esta cantidad?
No. El finiquito son las vacaciones que no has disfrutado, la parte proporcional de las pagas extra y los días trabajados del último mes. Se cobra siempre, también cuando el despido es procedente, y se calcula aparte de la indemnización.
¿Cobro algo cuando se acaba un contrato temporal?
Doce días de salario por año trabajado, salvo en los contratos formativos y en los de sustitución, que quedan excluidos. Tu convenio colectivo puede fijar una cuantía distinta.